Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 028-2022-00487-02 DR CHAVARRO ADMITE SUSPENSIVO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., cuatro (4) de junio de dos mil veinticinco (2025) Proceso Demandante Demandados Radicado Instancia Decisión Verbal Kely Yaribeth Chavez Ochoa Clínica Izka S.A.S. y Rito Antonio Mariño Diaz 11001 31 03 028 2022 00487 02 Segunda instancia – apelación sentenciaAdmite recurso De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida en audiencia del 3 de febrero de 2025, por el Juzgado 28 Civil del Circuito de Bogotá. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberá sustentarse el recurso a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal1, atendiendo lo estatuido por el precepto 109 del compendio procesal, so pena de declararse desierto.

Presentada en oportunidad la sustentación, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Exp. 11001 31 03 028 2022 00487 02 Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: afea7433a0978fbdffe9ed8e62b9d90868bffdc0add6fc022e761224f23028bc Documento generado en 04/06/2025 03:52:05 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica