REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., cinco (5) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 03 031 2020 00113 01. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN En orden a decidir sobre la solicitud de “pérdida de competencia” elevada por la parte demandante1, sea oportuno memorar que el plazo previsto por el legislador en el artículo 121 del Código General del Proceso para definir la segunda instancia “no podrá ser superior a seis (6) meses, contados a partir de la recepción del expediente en la secretaría del juzgado o tribunal”, prorrogables hasta por seis (6) meses más. En el caso de marras, se tiene que el presente asunto fue radicado en este despacho el 11 de agosto de 20232, siendo admitido el 15 de agosto del mismo año3, actuación que no fue prorrogada conforme lo previsto en la citada disposición, por lo que el término para resolver la instancia respectiva se configuró el 11 de febrero de 2024, sin que se presentara interrupción y/o actuación de algún tipo por parte del extremo actor.
Bajo este contexto, el despacho declarará que en el presente asunto operó la pérdida de competencia para definir la segunda instancia a partir del día 11 de febrero de 2024; en consecuencia, se ordenará remitir el expediente al magistrado Ricardo Acosta Buitrago, para lo de su cargo. Por lo expuesto, se dispone: Primero: Declarar que en este asunto operó la pérdida de competencia prevista en el inciso 2° del artículo 121 del Código General del Proceso, a partir del 11 de febrero de 2024, de conformidad con las motivaciones plasmadas en esta decisión. 1 Cfr. PDF 18 – Cuaderno Tribunal. 2 Cfr. PDF 04 – Cuaderno Tribunal. 3 Cfr. PDF 04 – Cuaderno Tribunal.
Radicado: 11001 31 03 031 2020 00113 01 Segundo: Comuníquese esta decisión a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y remítase el expediente al magistrado Ricardo Acosta Buitrago, para lo de su cargo. Ofíciese por secretaría y déjense las constancias de rigor. Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bc79ba212cacc466bd75b6dd2b93bb93d7b7044d1e0409f31fcce08d9519baa6 Documento generado en 05/03/2025 11:48:42 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica