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auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 13 08001315301320230029401 04AUTOADMITE-AUTOAVOCA

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA CIVIL FAMILIA ASUNTO: NO. RADICACIÓN: DEMANDANTE(S): DEMANDADO(S): TIPO DE PROCESO PROCEDENCIA: APELACIÓN SENTENCIA (46331) C-08001-31-53-013-2023-00294-01 ALMA SORAYA ARANGO RUIZ Y OTROS CLÍNICA ALTOS DE SAN VICENTE S.A.S. CIVIL / DECLARATIVO / VERBAL / RESPONSABILIDAD MÉDICA JUZGADO TRECE CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA Barranquilla, D. E. I. y P., once de junio de dos mil veinticinco Se ADMITEN las apelaciones formuladas por la CLÍNICA REINA CATALINA S.A.S., la CLÍNICA DE FRACTURAS CENTRO DE ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA S.A., la CLÍNICA ALTOS DE SAN VICENTE S.A.S. y la llamada en garantía CHUBB SEGUROS COLOMBIA S.A. contra la sentencia dictada el 3 de junio de 2025 por el Juzgado Trece Civil del Circuito de Barranquilla.

La sustentación del recurso deberá presentarse necesariamente en esta instancia, dentro del término de 5 días contados a partir de la ejecutoriada esta providencia, so pena de que se declare DESIERTO, conforme prevén los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C. G. del P. En caso de ser sustentado oportunamente, la Secretaría correrá traslado del escrito correspondiente a los no apelantes, en la forma y para los fines previstos en las normas antes aludidas.

Notifíquese y cúmplase. Firmado Por: John Freddy Saza Pineda Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cb3eb66839479e6a7516f269a4606191d2d030af470cd32410ff6742c0119fdf Documento generado en 11/06/2025 12:13:34 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica