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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 001 2022 00832 01 DR ZAMUDIO AUTO DECLARA INADMISIBLE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., dieciocho (18) de noviembre de dos mil veinticinco (2025). Proceso No. Clase: Demandantes: Demandado: 110014003001202200832 01 EJECUTIVO BANCO DAVIVIENDA S.A. LEONEL EMIRO PALENCIA Se declara inadmisible la apelación interpuesta por el demandado contra el proveído que el 13 de marzo de 2025 profirió el Juzgado 34 Civil del Circuito de esta ciudad en el proceso de la referencia, mediante el cual rechazó el incidente de nulidad formulado por aquel extremo procesal “por ser improcedente su trámite en sede de segunda instancia”, pues tal como lo precisó la juez de segundo grado, su competencia se limita al trámite de la segunda instancia de la aludida actuación, por lo que las decisiones que en esa sede profiera carecen del recurso de alzada.

Téngase en cuenta por la juzgadora de segundo grado, que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6° artículo 321 del C.G.P. la providencia que niegue el trámite de una nulidad procesal es susceptible de apelación si se profiere en primera instancia, sin que así suceda en esta actuación. Por consiguiente, como no es dable impartir trámite a la apelación propuesta, se procederá de conformidad con lo previsto en el inciso 2° del artículo 326 de la codificación procesal.

Con base en lo anterior, el suscrito Magistrado sustanciador RESUELVE Primero. Declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el extremo demandado de la litis contra el proveído que el 13 de marzo de 2025 profirió el Juzgado 34 Civil del Circuito de Bogotá D.C., por las razones antes dichas. Segundo. Ejecutoriado este auto vuelvan las diligencias al juzgado de origen.

Auto decide admisión alzada proceso No. 110014003001202200832 01 Clase: Ejecutivo ------------------------------

NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE El Magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 377236ec3cfe3ae48a7a8135086c56fc47b0beb9a654655876b7dc031233c010 Documento generado en 18/11/2025 04:57:20 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2