Verbal Demandante: MARÍA ISMENIA DÍZ BALLESTERO Demandados: MARYORY DÍAZ DÍAZ Y OTROS Rad. 11001310300820240013902 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Ponente Bogotá D.C., veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco (2025) El artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 estipula respecto de la alzada que “…[e]jecutoriado el auto que admite el recurso o el que niega la solicitud de pruebas, el apelante deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes…Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto ”. -negrilla fuera del texto-.
Comoquiera que, según el informe secretarial que antecede, la opugnante incumplió la aludida carga dentro del interregno que el despacho le ordenó a la secretaría contabilizar mediante auto calendado a 4 de noviembre pasado, el cual cobró ejecutoria, corresponde declarar la deserción del remedio vertical, y ordenar la devolución virtual de expediente al estrado de origen.
En mérito de lo expuesto el Despacho,
RESUELVE
Primero: Declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandante contra la sentencia dictada en el asunto del epígrafe. Segundo: Devolver el legajo virtual al despacho a quo. Notifíquese y Cúmplase, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Firmado Por: Heney Velasquez Ortiz Magistrada 008-2024-00139-02 Verbal Demandante: MARÍA ISMENIA DÍZ BALLESTERO Demandados: MARYORY DÍAZ DÍAZ Y OTROS Rad. 11001310300820240013902 Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5e1a3e5ed61cdcdc552dde82efd73c06de841c31af2d1b39c523115deebefc3c Documento generado en 27/11/2025 11:37:17 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 008-2024-00139-02