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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 19. 41001-31-05-001-2018-00583-01 AutoReconocePersoneria Dr Ana Ligia

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva -----------------------------------------------------Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Radicación: 41001-31-05-001-2018-00583-01 Auto de Sustanciación No.0196 Neiva, cinco (05) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Ref.: Proceso ordinario laboral de LIBARDO WALLES NINCO en frente de SEGURIDAD DE VIGILANCIA PRIVADA HORIZONTE LTDA. Entra a proveer el despacho sobre el memorial suscrito por el señor LIBARDO WALLES NINCO, en el que otorga poder al doctor JOSÉ IGNACIO ARCHIPIZ DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.110.492.588, y portador de la Tarjeta Profesional No. 296.757 del C. S. J, para que actúe en su nombre y representación. Se determina que se cumple con los requisitos señalados en el artículo 74 del C.G.P., por tanto, se procederá a reconocer personería para actuar como apoderado judicial de la parte actora, conforme a las facultades otorgadas.

Asimismo, allegó el actor el documento de paz y salvo firmado a su favor por parte de quien venía fungiendo como su abogado, Dr. ABEY VARGAS OLAYA, en consecuencia, por disposición del artículo 76 del C.G. del P., sobre la terminación del mandato, se tendrá por revocado el poder que fuera conferido al mentado profesional del derecho. En consecuencia, se DISPONE:

PRIMERO. - TENER POR REVOCADO el poder que fuera conferido por parte del demandante al Dr. ABEY VARGAS OLAYA, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.720.061, y Tarjeta Profesional No. 153.739 del C. S. J.

SEGUNDO. - RECONOCER al doctor JOSÉ IGNACIO ARCHIPIZ DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.110.492.588, y portador de la Tarjeta Profesional No. 296.757 del C. S. J, como apoderado judicial del señor LIBARDO WALLES NINCO.

NOTIFÍQUESE. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada Firmado Por: Ana Ligia Camacho Noriega Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c4e922d1f58aacaba77fe20de4e2baddddd85f0dce8287b17688fc4f55e9222b Documento generado en 05/03/2025 02:39:16 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica