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auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 02AutoAdmiteDesistimientoRecurso-Victor Santos

Sala: SALA LABORAL

1 DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA TRIBUNAL SUPERIOR SALA PRIMERA DE DECISIÓN SALA LABORAL I.IDENTIFICACIÓN INTERVINIENTES DEL PROCESO, RADICACIÓN Y PARTES Cartagena de Indias, D. T y C; doce (12) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Tipo de Proceso Radicado Demandante Demandado Magistrado Ponente ORDINARIO LABORAL 13001310500220170051701 VICTOR JOSÉ SANTOS GUERRERO REFICAR S.A. FRANCISCO ALBERTO GONZALEZ MEDINA TEMA: Admite desistimiento del recurso de apelación de auto de fecha 16 de abril de 2024 Visto el informe secretarial que antecede, se observa que, el apoderado judicial de la parte demandante presentó desistimiento del recurso de apelación interpuesto en contra del auto de 16 de abril de 2024.

Pues bien, con ocasión a la figura jurídica del desistimiento, se tiene que es una declaratoria de voluntad y por consiguiente un acto jurídico encaminado a dejar o eliminar los efectos de otro acto procesal ya realizado, implica una renuncia a una determinada actuación. El artículo 316 del CGP prevé: “…Las partes podrán desistir de los recursos interpuestos y de los incidentes, las excepciones y los demás actos procesales que hayan promovido.

(…).” De acuerdo con lo previsto en los preceptos transcritos, es admisible la solicitud de desistimiento del recurso de apelación formulado por el apoderado de la parte demandante, quien ostenta las facultades para desistir conforme al memorial poder que reposa en el expediente, por cuanto, le fueron conferidas las mismas facultades descritas en el poder principal otorgado, entre esas la de desistir.

Sin costas en esta instancia por no haberse causado. Por lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el DESISTIMIENTO presentado en legal forma por el apoderado de la parte demandante, en contra del auto de fecha 16 de abril de 2024 proferida por el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Cartagena, por las consideraciones expuestas en la parte motiva de este auto.

SEGUNDO: SIN COSTAS en esta instancia, de conformidad a lo expuesto en la parte motiva de este proveído.

TERCERO: REMITIR el presente expediente al Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Cartagena para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FRANCISCO ALBERTO GONZALEZ MEDINA Magistrado 2 DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA TRIBUNAL SUPERIOR SALA PRIMERA DE DECISIÓN SALA LABORAL CARLOS F. GARCIA SALAS Magistrado Ponente LUIS JAVIER AVILA CABALLERO Magistrado Firmado Por: Francisco Alberto Gonzalez Medina Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 004 Civil Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Carlos Francisco Garcia Salas Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Luis Javier Avila Caballero Magistrado Sala 005 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 23fb84e5f8c708474081af17dd7bf1c48d2499c8e8c07109a8c947b2c20af371 Documento generado en 12/09/2024 04:02:13 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica