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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 035-2015-00475-06 DRA RODRIGUEZ AUTO DECRETA INTERRUPCION

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. Sala Civil de Decisión Magistrada Sustanciadora SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Doce (12) de mayo de dos mil veinticinco (2025) 035 2015 00475 06 Revisadas las presentes diligencias, se constata que la Comisión Nacional de Disciplina Judicial impuso al doctor Rodrigo Azriel Maldonado Paris, mandatario judicial del extremo actor, una sanción de suspensión de su profesión como abogado por el término de dos meses, contabilizados desde el 29 de abril de la presente anualidad1.

En ese orden, al configurarse la causal prevista en el numeral 2° del artículo 159 del C.G.P., se ordena la interrupción de la actuación en esta instancia, sin que haya lugar a adoptar ninguna medida de saneamiento. De otra parte, en aplicación a lo consagrado en el canon 160 inciso segundo ejúsdem, se ordena a la Secretaría notificar por aviso a los demandantes William, Edilma, Beatriz y Rodrigo Azriel Maldonado Paris la presente providencia, para que en el término de cinco (5) días siguientes a su intimación, designen un nuevo apoderado, con el cual proseguirá la actuación, una vez reanudada (inc. 2°, art. 160 C.G.P.). 1 Archivo “014PeticionSuspensionProceso.pdf”.

Cumplida la carga aquí impuesta y designado el nuevo apoderado de la demandante, secretaría ingrese el expediente al despacho para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE, SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Magistrada Firmado Por: Sandra Cecilia Rodriguez Eslava Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0e387b73840ac55f32fd84f42c8a30e4e6720d5006a4c3ab9590489e87adc86d Documento generado en 12/05/2025 05:09:50 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 035 2015 00475 06