Micelio

auto — Tribunal Superior de Valledupar

Radicado: ok A - 20178318400120230010401 - Previo a admitir requiere piezas expediente

Sala: SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

República de Colombia Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Valledupar Sala Quinta de Decisión Civil – Familia – Laboral OLGA LUCÍA RAMÍREZ Magistrada Sustanciadora Radicación n°: 20178318400120230010401 Proceso: Reconocimiento hijo de crianza Demandante: NAYIBE RÍOS BELEÑO Demandados: HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS DE BELISA URIBE DE RÍOS (q.e.p.d.) Trámite: Recurso apelación de sentencia Valledupar, veinte (20) de abril de dos mil veintiséis (2026).

Previo a decidir lo que en derecho corresponda, respecto del recurso de apelación instaurado por los demandados KAROL IBETH y JUAN MIGUEL RÍOS DÁVILA contra la sentencia proferida el 24 de octubre de 2025 dentro del proceso de la referencia, SE REQUIERE al Juzgado Primero Promiscuo de Familia del Circuito de Chiriguaná - Cesar, para que remita y/o incorpore en el expediente digital, la grabación de audio o video de la audiencia pública realizada el 8 de agosto de 2024, en atención a que el enlace incorporado al expediente en el “Archivo 24ActaAudiencia.pdf”, no permite su visualización pese a lo múltiples intentos realizados por este despacho.

Se advierte al Juzgado que, en el hipotético caso de no conservar las piezas procesales requeridas, deberá reconstruirlas observancia del Radicación n°: 20178318400120230010401 trámite dispuesto para tal efecto en el artículo 126 del Código General de Proceso. Por secretaría devuélvase el expediente al a quo a través del aplicativo SGDE y surtido el anterior trámite, regresen las diligencias al Despacho para emitir el proveído que en derecho corresponda.

Notifíquese y cúmplase. OLGA LUCÍA RAMÍREZ Magistrada 2