Micelio

auto — Tribunal Superior de Cundinamarca

Radicado: 2024-00118 AutoConcedeCasacion

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Laura Freidel Betancourt

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA SALA LABORAL Magistrada Ponente LAURA FREIDEL BETANCOURT Bogotá. D. C., veinte (20) de junio de dos mil veinticinco (2025) Procede la Sala a decidir sobre la viabilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante1; contra la sentencia proferida por este Tribunal el 30 de abril de 20252 dentro del proceso adelantado por MARTHA DÍAZ contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES – Radicación 25899-31-05001-2024-00118-01.

Para resolver la viabilidad del recurso de casación interpuesto se considera: El interés jurídico para recurrir en casación se encuentra determinado por el agravio o perjuicio causado a unas de las partes o a ambas, con la sentencia recurrida, para ello, el artículo 86 del C.P.T.S.S. consagra que podrán acceder en casación aquellos procesos cuya cuantía exceda de ciento veinte (120) veces el salario mínimo legal mensual vigente.

Se tiene que, el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Zipaquirá, en sentencia del 31 de octubre de 20243 declaró que la demandante era beneficiaria de la pensión de sobrevivientes del causante Rafael Galeano León (Q.E.P.D.). En consecuencia, condenó a la demandada al reconocimiento y pago del retroactivo pensional de los años 2021, 2022, 2023 y hasta octubre de 2024, así como de las mesadas futuras en cuantía de un SMLM, la absolvió de las demás pretensiones invocadas en su contra y declaró parcialmente probada la excepción de prescripción. Por su parte, esta Sala en sentencia del 30 de abril de 2025 al resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y surtir el grado de consulta, revocó la providencia atacada y en su lugar, absolvió a Colpensiones de la totalidad de pretensiones de la demanda.

En ese orden, en aras de establecer el interés económico de la parte demandante para recurrir en casación, el competente en esta sede judicial ha efectuado la liquidación correspondiente4 conforme las pretensiones de la demanda5, determinando que asciende a la suma de $ 605.690.186. 1 Archivo 12 de la Carpeta 02 del expediente electrónico. 2 Archivo 10 de la Carpeta 02 del expediente electrónico. 3 Archivo 27 de la Carpeta 01 del expediente electrónico. 4 Cálculo realizado por la Profesional Universitario de Tribunal Grado 12, que se adjunta en su totalidad a esta providencia. 5 Pág. 2, Archivo 01 de la Carpeta 01 del expediente electrónico.

Por las anteriores consideraciones, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, Sala Laboral, CONCEDE el recurso extraordinario de casación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante contra la sentencia proferida por esta Sala el 30 de abril de 2025, de conformidad con lo establecido en el art. 86 del C.P.T. S.S. En firme esta providencia, envíese el expediente a la Sala de Casación Laboral de la H. Corte Suprema de Justicia. Notifíquese y cúmplase.

LAURA FREIDEL BETANCOURT Magistrada JAVIER ANTONIO FERNÁNDEZ SIERRA Magistrado MARTHA RUTH OSPINA GAITÁN Magistrada RADICACIÓN: 25899 31 05 001 2024 00118 01 MAGISTRADO PONENTE: Dra. Laura Freidel Betancourt DEMANDANTE: Martha Díaz DEMANDADO: Colpensiones A.F.P. 1a. INSTANCIA FECHA SENTENCIA 31/10/2024 2a. INSTANCIA CASACIÓN 30/04/2025 OBJETO DE LIQUIDACIÓN: Realizar el cálculo mesadas pensionales y futuras Datos Generales de la Liquidación Rafael Galeano León falleció: Último Mesada Devengada 23-mar 2016 $ 794.795 PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - Martha Díaz Fecha inicial Fecha final Valor mesada N°.

Mesadas 23/03/16 31/12/16 794.795 10 7.947.950 01/01/17 31/12/17 840.495 13 10.926.435 01/01/18 31/12/18 874.872 13 11.373.336 01/01/19 31/12/19 902.692 13 11.734.996 01/01/20 31/12/20 936.995 13 12.180.935 01/01/21 31/12/21 952.080 13 12.377.040 01/01/22 31/12/22 1.005.588 13 13.072.644 01/01/23 31/12/23 1.160.000 13 15.080.000 01/01/24 31/12/24 1.300.000 13 16.900.000 01/01/25 30/06/25 1.423.500 6 8.541.000 Valor total Total $ 120.134.336 PROYECCIÓN EXPECTATIVA MESADAS FUTURAS Martha Díaz Fecha sentencia 30/04/2025 Fecha de nacimiento 25/08/1968 1968 Edad a la fecha de sentencia 57 2054 Sexo / genero Femenino Esperanza de vida (Tabla Mortalidad Res. 1555/2010) 29,7 Edad aproximada con la esperanza de vida 86 Fecha inicial Fecha final Número de meses faltantes 01/07/25 31/12/25 7 01/01/26 31/12/26 01/01/27 Mesada Total Mesadas Descuento Salud 10% Total por pagar $ 1.423.500 $ 9.964.500 $ 996.450 $ 8.968.050 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 31/12/27 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/28 30/12/28 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 31/12/28 31/12/29 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/30 31/12/30 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/31 31/12/31 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/32 30/12/32 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 31/12/32 31/12/33 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 Elaborado por: Yenny Maritza Ortega Moyano C.P. Profesional Universitario de Tribunal Grado 12 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas 1 de 2 01/01/34 31/12/34 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/35 31/12/35 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/36 31/12/36 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/37 31/12/37 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/38 31/12/38 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/39 31/12/39 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/40 31/12/40 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/41 31/12/41 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/42 31/12/42 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/43 31/12/43 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/44 31/12/44 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/45 31/12/45 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/46 31/12/46 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/47 31/12/47 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/48 31/12/48 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/49 31/12/49 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/50 31/12/50 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/51 31/12/51 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/52 31/12/52 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/53 31/12/53 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/54 25/08/54 8 $ 1.423.500 $ 11.388.000 $ 1.138.800 $ 10.249.200 539.506.500 $ 53.950.650 $ 485.555.850 Total Mesadas Futuras $ Resumen Liquidación Pensión de sobreviviente $ 120.134.336 Proyección de mesadas futuras $ 539.506.500 Descuento Salud -$ 53.950.650 Total Liquidación $ 605.690.186 Fecha liquidación: miércoles, 18 de junio de 2025 Elaborado por: Yenny Maritza Ortega Moyano C.P. Profesional Universitario de Tribunal Grado 12 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas 2 de 2