Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 047-2020-00360 01. DR ALVAREZ AUTO RESUELVE SOLICITUD CONTROL DE LEGALIDAD

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. Sala Civil Bogotá D.C., veintitrés (23) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Rdo. 047202000360 01 1. Para resolver la solicitud de ejercer control de legalidad, según lo previsto en el artículo 132 del CGP, basta decir que el memorialista tiene la razón porque el poder extrañado se aportó con la petición de corregir el auto de 18 de marzo pasado, a través del cual se concedió la apelación; basta remitirse al correo electrónico del día 26 de ese mes para evidenciar el apoderamiento.

Por tanto, se deja sin valor ni efecto el auto de 23 de abril de 2025, que había declarado la deserción y el decaimiento consecuencial de la apelación adhesiva y, en su lugar, se ordena tener en cuenta la sustentación presentada por la parte demandada. 2. De igual manera, se admite la apelación adhesiva interpuesta por la parte demandante, quien deberá sustentar su recurso. 3.

Por último, dado que las pretensiones de ambas partes fueron negadas, se precisa que los recursos de apelación serán tramitados en el efecto suspensivo, según lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 323 del CGP. Comuníquese al juzgado esta última decisión. Resta decir que no es necesario devolver el expediente al juzgado porque, de un lado, el juez debe abstenerse de exigir y de cumplir formalidades innecesarias (CGP, art. 11), hipótesis que aquí se configura porque, según el artículo 325 de la codificación procesal, cuando la apelación se concede en un efecto diferente al que corresponde, “el superior hará el ajuste respectivo”.

Oportunamente vuelva el expediente al Despacho.

NOTIFÍQUESE Firmado Por: Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 11b9e791e78af1cc09e459e0740f53b3a51d1226c579a027c5245ad0b4c9b0c5 Documento generado en 23/05/2025 11:50:51 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica M.A.G.O. Exp. 11001310328202000274 01 2