TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUICIAL TUNJA SALA CIVIL-FAMILIA Tunja, cuatro (4) de noviembre de dos mil veinticinco (2025 CLASE PROCESO: DEMANDANTE: APODERADO: DEMANDADO: RADICACIÓN: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN PLINIO MAURICIO BOHORQUEZ GARCIA EDUARDO DAVID SUAREZ MORENO MARTHA DOLORES PADILLA VELOSA 150012213000-2025-00184-00 (2025-0503) ASUNTO A DECIDIR: Se resuelve sobre la admisibilidad de la demanda de revisión presentada por el apoderado judicial de PLINIO MAURICIO BOHORQUEZ GARCIA, dentro del recurso extraordinario de revisión promovido frente a la sentencia proferida el 22 de mayo de 2025 por el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE TUNJA.
CONSIDERACIONES Mediante providencia del 8 de agosto de 2025, este Despacho dispuso requerir el envío del proceso de pertenencia 2022-00228 objeto de recurso extraordinario de revisión. Subsanada la demanda y por ser procedente, de conformidad con el artículo 358 del Código General del Proceso, cumplidos los requisitos de los artículos 356 y 357 ídem, se ADMITE el Recurso Extraordinario de Revisión presentado por el apoderado de la accionante, Dr. Eduardo David Suarez Moreno, contra la sentencia proferida el 22 de mayo de 2025 por el JUZGADO CUARTO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE TUNJA dentro del proceso de pertenencia 2022-00028, promovido por MARTHA DOLORES PADILLA VELOSA en contra de PLINIO MAURICIO BOHORQUEZ GARCIA, con fundamento en la causal 1 y 8 del artículo 355 del C.G.P. En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, Sala Civil Familia,
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la demanda de revisión presentada por PLINIO MAURICIO BOHORQUEZ GARCIA, contra la sentencia proferida el 22 de mayo de 2025 por el JUZGADO CUARTO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE TUNJA, dentro del proceso de pertenencia instaurado por MARTHA DOLORES PADILLA VELOSA en contra de PLINIO MAURICIO BOHORQUEZ GARCIA.
SEGUNDO: Notificar personalmente esta providencia a los convocados y a quienes hicieron parte dentro del proceso de pertenencia No. 2022-00228 que cursó a instancias del Juzgado Cuarto Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Tunja, en la forma prevista en el artículo 8° de la ley 2213 de 2022 o, en su defecto, si lo considera pertinente, de conformidad con el artículo 291 y 292 del C.G.P. Se advierte que el término de traslado de la demanda es de cinco (5) días.
TERCERO. Reconocer personería jurídica al doctor Eduardo David Suarez Moreno para actuar en nombre de la parte accionante, en los términos del poder conferido.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, JOSÉ HORACIO TOLOSA AUNTA Magistrado Firmado Por: Jose Horacio Tolosa Aunta Magistrado Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Tunja - Boyaca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 10155164bae81da64b4f6fe86455713408d1c7a8985311292b1b4bbd1ff9299a Documento generado en 04/11/2025 01:16:22 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica