Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: 3.Radicado2016-00169-04 AutoRequiereDr.Rangel

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Ponente: Juan Fernando Rangel Torres

Rad. N.° 73268318400220160016904 Sucesión REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ SALA CIVIL – FAMILIA Magistrado Sustanciador: JUAN FERNANDO RANGEL TORRES Ibagué - Tolima, veintidós (22) de julio de dos mil veinticinco (2025) Ref.: Sucesión Leonardo Veloza Encontrándose el asunto para resolver las apelaciones formuladas contra la decisión adoptada en audiencia del 27 de febrero del año en curso, se advierte que se remitió para su definición la carpeta denominada 07CuadernoApelacionInventarioAvaluoAdicional, pero en esta no obra el documento que dio origen al trámite, es decir, el contentivo de los inventarios y avalúos adicionales, que según auto del 24 de octubre de 2024 está alojada en el “expediente digital en el # 25 y marcado como cuaderno 9”.

A su vez, se echan igualmente de menos los autos de reconocimiento de interesados y la diligencia de inventarios y avalúos ya aprobada, razón por la cual, en atención a las previsiones del artículo 324 del C.G.P. se le requerirán al a quo. Por otra parte, se advierte que en el trámite de la segunda instancia se han presentado escritos y anexos de manera directa por la señora Luz Elena Veloza Paez, sin tener en cuenta que para su intervención se requiere de derecho de postulación, por lo que se le hace un llamado para que se abstenga de ello y sea por conducto de su apoderado judicial que formule sus solicitudes.

En mérito de lo expuesto se, RESUELVE 1. REQUERIR al Juzgado de origen para que en el término de cinco (5) días, remita con destino a este Despacho las piezas procesales señaladas en la parte considerativa de esta providencia. 1 Rad. N.° 73268318400220160016904 Sucesión 2. INSTAR a la señora Luz Elena Veloza Paez para que sus intervenciones las realice a través de su apoderado judicial.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Juan Fernando Rangel Torres Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 107320d3bd9e90ebf2af02a092dd33f793497d2b92c4f51852f397f714ffe0a0 Documento generado en 22/07/2025 12:10:40 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2