Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 02 I283-Admite2020-00219

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 283 Radicación No. 76-111-31-05-001-2020-00219-01 Guadalajara de Buga, veintinueve (29) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra el auto interlocutorio N°310 del 05 de julio de 2024, que declaró probada la excepción previa de prescripción y dio por terminado el proceso, proferido por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Buga – (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral promovido por LUIS ANTONIO CANDELO CASTAÑEDA contra JAIRO OBANDO PANTOJA Y OTROS providencia susceptible del recurso de apelación. Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días.

Notifíquese en estado GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Gloria Patricia Ruano Bolaños Firmado Por: Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8e4cb6f2a6d4407559c37c1076fa531a9f1daa66aa2c2bf1c66ee4cadc40f369 Documento generado en 29/07/2024 11:04:29 a. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica