Micelio

auto — Tribunal Superior de Santa Marta

Radicado: Auto tiene por desistido recurso de apelación Rad. 2025.00002.02

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

RAD. 47.001.31.60.001.2025.00002.02 REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA SALA QUINTA DE DECISIÓN CIVIL - FAMILIA Santa Marta, veintisiete de febrero de dos mil veintiséis. Mediante apoderada judicial de la el escrito parte que antecede, la demandante manifiesta su voluntad de efectuar el retiro de la demanda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 del Estatuto Procesal, por no haberse notificado al demandado ni solicitado medidas cautelares al interior del presente asunto.

Ahora bien, la causa a que se hace referencia, corresponde al proceso de privación de la patria potestad promovido por Jaquelina Acevedo Jaraba contra Jarol Arcenio Trujillo Jara, que arribó al Tribunal con el propósito de que se resolviera el recurso de apelación presentado por ese extremo procesal, en contra del auto proferido por el Juzgado Primero de Familia de Santa Marta, el 15 de mayo de 2025, mediante el que se rechazó la demanda, por lo que lo pertinente en este caso, es entender dicha solicitud como un desistimiento de la alzada.

Siendo así las cosas y como quiera que la mandataria tiene facultad expresa para ello, según da cuenta el poder que reposa en el archivo N° 0032 del expediente digital de primera instancia, y dicho pedimento va en armonía con lo contemplado en el Art. 316 del C.G. del P., se aceptará la petición frente al aludido acto procesal, sin que se imponga condena en costas a la recurrente, por no haberse trabado la litis.

Por lo brevemente expuesto, se R E S U E L V E: RAD. 47.001.31.60.001.2025.00002.02 PRIMERO: 2 ACEPTAR el desistimiento manifestado por el extremo activo, respecto del recurso de apelación interpuesto contra el auto proferido por el Juzgado Primero de Familia de Santa Marta, el 15 de mayo de 2025, al interior del presente asunto, de conformidad con lo anotado en las líneas considerativas.

SEGUNDO: Sin condena en costas.

TERCERO: Ejecutoriada esta determinación, remítase el expediente al juzgado de origen.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CRISTIAN SALOMÓN XIQUES ROMERO Magistrado Firmado Por: Cristian Salomon Xiques Romero Magistrado Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a5cb89fff7827f643a5e5fa918a5d268aed255ad7a2ea15be90c085bb6d5d5a5 Documento generado en 27/02/2026 11:54:38 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica