TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL-FAMILIA BRIYIT ROCIO ACOSTA JARA Magistrada Sustanciadora Proceso RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL Radicado Juzgado 540013153004-2023-00158-00 Radicado Tribunal Demandante 2026-0085-02 Mónica del Pilar Sanabria Galvis y Otro Demandado Juan Carlos Ojeda Rincón y Compañía de Seguros Bolívar San José de Cúcuta, tres (03) de marzo de dos mil veintiséis (2026) Procede este estrado a resolver sobre la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por ambas partes contra la sentencia proferida el 16 de enero de 2026, por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Cúcuta, advirtiendo que el presente trámite fue recibido en esta sede judicial el día de hoy.
Teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 325 del C. G. del P., aunado a lo señalado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 y revisado el expediente, se observa que el recurso de apelación es procedente, fue presentado en tiempo, indicando cuales eran los reparos en contra de la sentencia objeto de inconformidad de manera breve, clara y concreta.
En virtud de lo anterior, y por reunir los requisitos formales, SE ADMITE en el efecto SUSPENSIVO el presente recurso de apelación, y, en consecuencia, por secretaría contabilícense los términos establecidos en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, norma que deberán observar estrictamente tanto los apelantes como la contraparte. Advertir al recurrente que deberá sujetar su sustentación en esta instancia, a desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de conocimiento.
NOTIFÍQUESE,