Micelio

auto — Tribunal Superior de Valledupar

Radicado: 06AutoRequiere

Sala: SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

República de Colombia Tribunal Superior Del Distrito Judicial de Valledupar Sala Quinta de Decisión Civil – Familia – Laboral OLGA LUCÍA RAMÍREZ Magistrada Ponente Radicación n.º 20001310500220210012801 Proceso Ordinario Laboral Demandante: TULIO ENRIQUE TORRES FERNÁNDEZ Demandado: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES “COLPENSIONES” Decisión: Auto requerimiento Valledupar, cuatro (4) de marzo de dos mil veintiséis (2026) Una vez examinado el expediente de la referencia, a efectos de resolver el grado jurisdiccional de consulta, se considera necesario contar con la información completa relativa a la historia prestacional y pensional del demandante.

En consecuencia, se advierte la necesidad de oficiar a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Parafiscales - UGPP, responsable de los compromisos pensionales de la extinta CAJANAL para que dentro del término de diez (10) días, siguientes a la notificación del presente proveído allegue la totalidad del expediente administrativo de Tulio Enrique Torres Fernández con C.C. n° 5.161.577 en el que se incluya su historia laboral actualizada, el reconocimiento de prestaciones pensionales y se certifique si para obtenerlas se tuvieron en cuenta tiempos cotizados en el ISS.

Radicación n.° 20001310500220210012801 La referida respuesta e información deberá remitirse al buzón del correo institucional secscftsvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co. Una vez recepcionada las pruebas requeridas, por Secretaría córrase traslado a las partes por el término tres (3) de días, para que ejerzan el derecho de contradicción. Cumplido lo anterior, regrese inmediatamente el expediente al Despacho.

Notifíquese y cúmplase. OLGA LUCÍA RAMÍREZ Magistrada 2