REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., tres (3) de abril de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 03 003 2021 00270 01. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Reunidos como se encuentran los requisitos legales, se admite el recurso de apelación interpuesto por el demandante contra la sentencia dictada el 11 de marzo de 2025, por el Juzgado Cincuenta y Dos Civil Circuito de Bogotá1.
El apelante deberá sustentar su recurso dentro de los cinco (5) días posteriores a la ejecutoria de este auto, mediante escrito dirigido al correo electrónico de la Secretaría de este Tribunal2, acompañado de constancia de envío a su contra parte3, última esta quien podrá pronunciarse, a través del mismo canal y dentro de un término igual, contado una vez finalizado el primero. (artículo 12 de la Ley 2213 de 2022).
Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 161cb8aebb0a8bd8d337d40b620d09189f793126e1c1486765ef1e909cc0ad95 Documento generado en 03/04/2025 09:19:32 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 Quien conoció de este asunto en virtud de lo dispuesto en los acuerdos PCSJA22-12028 de 2022 del Consejo Superior de la Judicatura y CSJBTA23-42 de 2023. 2 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co 3 Numeral 14° del artículo 78 del Código General del Proceso y 9° de la Ley 2213 de 2022.