Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2024-00300-01

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DE IBAGUÉ SALA LABORAL Ibagué, trece de enero de dos mil veintiséis MAGISTRADA PONENTE AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA REFERENCIA ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA DEMANDANTE VÍCTOR MANUEL TANO GUZMÁN DEMANDADOS COLPENSIONES Y OTRO RADICADO 73001 – 31 – 05 – 006 – 2024– 00300 – 01 DECISIÓN ADMITE RECURSO y CORRE TRASLADO Previo a resolver sobre la admisión del recurso de apelación interpuesto en el presente asunto, se observa que como apoderado de la parte demandante actúa el doctor Fredh Villarreal Rivas, con quien existe amistad íntima, configurándose la causal de impedimento prevista en el artículo 141 del CGP, numeral 9º, por lo que la misma se separará del conocimiento de este asunto y lo remitirá al Despacho que sigue en turno, esto es, el Despacho 01 de esta Corporación y especialidad.

Por lo expuesto, la suscrita Magistrada del Tribunal Superior de Ibagué, RESUELVE 1.- DECLARARSE, impedida para conocer del presente asunto, por estar incursa en la causal del numeral 9º, del art. 141 del CGP 2. REMITIR el presente asunto al Despacho 01 de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué, quien le sigue en turno al presente Despacho, como integrante de la respectiva Sala de Decisión. Por Secretaría realícese los trámites pertinentes.

CÚMPLASE AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA Magistrada Ponente Firmado Por: Amparo Emilia Peña Mejia Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f0d39e1dd078d66233c7ed954fc34ba5a4816883dbf8ee6b27d7c255877137bf Documento generado en 13/01/2026 04:53:12 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica