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auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: AUTO ADMITE - DIVISORIO 2023-00044-01

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL San Gil, noviembre seis (06) del dos mil veinticuatro (2024). REF: DIVISORIO ACUMULADO DTE: MARTHA CECILIA Y OSCAR DARIO BENITEZ SALAZAR RAD: 68-755-3113-002-2023-00044-01 68-755-3113-002-2017-00040-01 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del CGP, en concordancia con el Art. 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el “efecto suspensivo”, la apelación interpuesta por la parte demandante Martha Cecilia y Óscar Darío Benítez Salazar, contra la sentencia fechada el nueve (09) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Socorro, dentro del proceso de la referencia. Ejecutoriada esta providencia, el recurrente deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, POR ESCRITO, al seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co., correo so electrónico pena de ser declarado desierto.

Una vez finalizado lo anterior, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado por el mismo término a la parte AUTO DE TRÁMITE CR- 2023-00044-01 no recurrentes, para que igualmente se pronuncien también POR ESCRITO. Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho, para si es del caso, emitir la Sentencia, en la oportunidad correspondiente.

NOTIFÍQUESE El Magistrado, Javier González Serrano AUTO DE TRÁMITE CR- 2023-00044-01 Firmado Por: Javier Gonzalez Serrano Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 679cc04fd6e512d92df8711b46a58fe1a158ead55951f7ada73733a7edb3c6bc Documento generado en 06/11/2024 10:33:17 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica