República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA TERCERA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL Neiva, ocho (8) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Magistrada: LUZ DARY ORTEGA ORTIZ Radicación: 41001-31-05-001-2020-00102-01 Demandante: ÁNGEL BATISTA HERNÁNDEZ Demandados: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES, ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A., ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S.A. Proceso: ORDINARIO LABORAL Con memorial remitido vía correo electrónico, MAURICIO ROA PINZÓN representante legal de la UNIÓN TEMPORAL REPRESENTACIÓN JURÍDICA COLPENSIONES 2023, aportó poder general conferido por la administradora demandada mediante escritura pública No. 1.969 de 19 de octubre de 2023 de la Notaría Octava del Círculo de Bogotá, solicitando reconocimiento de personería para actuar en el asunto y a su vez, sustitución a la abogada EDNA KATHERINE GÓMEZ LOSADA.
Al corroborar, que en términos del inciso 2 del canon 75 ibídem, la UNIÓN TEMPORAL REPRESENTACIÓN JURÍDICA COLPENSIONES 2023, tiene como objeto social principal la prestación de servicios jurídicos, se le reconocerá personería jurídica para actuar a través de su representante legal, y por encontrarse autorizado también se hará frente a su sustituta.
Por lo que se, DISPONE:
PRIMERO: RECONOCER PERSONERÍA como apoderado judicial de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES - COLPENSIONES, a la UNIÓN TEMPORAL REPRESENTACIÓN JURÍDICA COLPENSIONES 2023, a través de su representante legal y abogado MAURICIO ROA PINZÓN, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.513.792 y portador de la República de Colombia Rama Judicial del Poder Público tarjeta profesional No. 178838 del C.S. de la J., en los términos y con las facultades conferidas.
SEGUNDO: RECONOCER PERSONERÍA a la abogada EDNA KATHERINE GÓMEZ LOSADA, con cédula de ciudadanía No. 1.075.285.003 y portador de la tarjeta profesional No. 286772 del C.S. de la J., como apoderada sustituta de la entidad demandada, en los términos y con las facultades conferidas.
NOTIFÍQUESE LUZ DARY ORTEGA ORTIZ Magistrada Firmado Por: Luz Dary Ortega Ortiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 00ad5e0a2462934ad0f5fd35df6c7708ad9e6802b6b538350735295810df0fe1 Documento generado en 08/10/2024 09:59:55 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 41001-31-05-001-2020-00102-01