Micelio

auto — Tribunal Superior de Villavicencio

Radicado: 7. 50001310500220150014901AdmiteApelaciónSentencia

Sala: SALA LABORAL

Radicado: 500013105002 2015 00149 01 Proceso acumulado: 500013105002 2014 00577 01 REPÚBLICA DE COLOMBI A RAMA JUDICI AL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICI AL DE VILLAVICENCIO S ALA LABORAL Radicación No. 500013105002 2015 00149 01 Proceso acumulado: 500013105002 2014 00577 01 REF: Ordinario Laboral promovido por MYRI AM S ALAZAR ROMERO e HILDA ESPITI A en contra de TRANSPORTES FLUVI ALES RAMÓN PLAT A Y CI A LTDA, MARÍ A INÉS PLATA G ARCÍ A, RAMÓN HUMBERTO CAM ARGO PLATA, CILI A G ARCÍ A G ARCÍ A, DE AMP ARO PLAT A, PLAT A YENNY EDITH PLATA G ARCÍ A, F ÉLIX RAMÓN PLATA G ARCÍ A, HEREDEROS INDETERMINADOS DE FÉLIX RAMÓN PLAT A y JUAN P ABLO PLAT A FAJ ARDO, como Heredero determinado del citado causante.

Villavicencio, tres (3) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Verificadas las actuaciones remitidas, SE ADMITEN los recursos de apelación interpuesto s por las demandadas YENNY EDITH, AMPARO PLATA GARCÍA y MARÍA INÉS PLATA GARCÍA y por el demandado JUAN PABLO PLATA FAJARDO contra la sentencia proferida el 29 de enero de 2024 por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Villavicencio - Meta.

Ejecutoriado el presente Auto, CÓRRASE TRASLADO a las partes para alegar por el término de cinco (5) días iniciando por la parte apelante, en los términos del numeral 1° del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022. Los escritos deberán ser remitidos a la dirección de correo electrónico de la Secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Villavicencio secsltsvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co Surtido el traslado, se proferirá por escrito la correspondiente decisión, 1 Radicado: 500013105002 2015 00149 01 Proceso acumulado: 500013105002 2014 00577 01 atendiendo el orden de entrada de procesos al Despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE DELFINA FORERO MEJÍ A Magistrada Firmado Por: Delfina Forero Mejia Magistrada Sala Laboral Tribunal Superior De Villavicencio - Meta Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 800a63c296ddacc9335e525bef5dbfd5336767f1b582842a9213e167e959766d Documento generado en 02/12/2024 03:43:44 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2