TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ DEL GUAVIARE SALA ÚNICA DE DECISIÓN Magistrado ponente: Félix Andrés Suárez Saavedra Radicado: 95001318900120200009101 Proceso: Ordinario Laboral Demandante: Patrimonio Autónomo de Remanentes de Caprecom Liquidado Demandado: Departamento del Guaviare y otros. San José del Guaviare, veinticuatro (24) de julio de dos mil veinticuatro (2024).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, que modificó el artículo 82 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del 28 de noviembre de 2023, proferida por el Juzgado 2° Promiscuo del Circuito de San José del Guaviare.
Aunado a ello, se SURTE el grado jurisdiccional de consulta según lo preceptuado por el artículo 69 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, frente a la sentencia emitida el 28 de noviembre de 2023 por el Juzgado 2° Promiscuo del Circuito de San José del Guaviare en lo que fue adversa al municipio de Miraflores, Guaviare, comoquiera que este desistió de la alzada interpuesta en la audiencia. Se ordena correr traslado a las partes por el término de cinco (5) días, contados a partir de la ejecutoria de esta decisión para que presenten sus alegaciones por escrito cada una, si a bien lo tienen, iniciando con la parte apelante.
Una vez vencido el plazo anterior, empieza a correr el traslado para los no apelantes. Los escritos deberán ser remitidos al correo electrónico sectribguaviare@cendoj.ramajudicial.gov.co. Cumplido lo ordenado, regresen las diligencias al Despacho para emitir por escrito la decisión de segunda instancia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Firmado Por: Félix Andrés Suárez Saavedra Magistrado Tribunal Superior De San Jose Del Guaviare - Guaviare Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f86696bf812280b0b393713072c24ef1f2736450247fcd958e9c069e02d81a99 Documento generado en 24/07/2024 10:30:49 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica