Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 024-2013-00628-03 DR ACOSTA AUTO RECONOCE PERSONERIA Y REQUIERE

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Ricardo Acosta Buitrago

Bogotá, D. C., ocho (8) de agosto de dos mil veinticinco (2025) MAGISTRADO SUSTANCIADOR: RICARDO ACOSTA BUITRAGO DEMANDANTE DEMANDADOS INCODER hoy AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS -ANT POLIGROW COLOMBIA LTDA. y ANGELA MARIA MEJÍA SANTAMARIA LITISCONSORTES ÁLVARO GALLEGO PALAU y EUDORO RODRÍGUEZ LAGUNA CLASE DE PROCESO NULIDAD ABSOLUTA Vistos los diferentes memoriales, el despacho dispone: a) Reconocer personería a Ricardo Manuel de Ávila Suárez como apoderado de la Agencia Nacional de Tierras, en los terminos del poder conferido (art. 75 C.G.P.) (Archivo Digital 021AngenciaNacionaLDeTierrasPoder&SolicitudLink) b) La sociedad Poligrow Colombia Ltda. pide requerir al IGAC para que allegue los documentos en información emitida en proveído del 18 de julio del 2025, comunicado mediante oficio n° 0787 el 21 siguiente.

Lo anterior es justificado porque la entidad lo redirigió a la seccional del Meta el 30 de julio asigandosele el radicado n° 3200SAF-2025-0038649-ER. Luego, como el término de los 5 días otorgados vencieron el 28 de julio, sin respuesta alguna; por ende, se torna necesario reiterar el cumplimiento de lo ordenado. Aunque el despacho entabló converasación con una funcionaria de ese organismo quien corroboró lo anterior, lo cierto es que los datos son indispensables para para definir la contienda (019InstitutoGeográficoAgustínCodazziRadicadoOficioC-0787) Por ello, se le ordena a la dirección territorial del Meta del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAG), para que de forma inmediata responda la solicitud emitida en proveído del 18 de julio del 2025, traslada el 30 del citado mes.

Para tal efecto, se concede el término improrrogable de 5 días contados a partir de la notificación de este proveído. Código Único de Radicación: 11001310302420130062803 Radicación Interna 6572 En ese tal medida, se ordena a Jairo Alexis Frías Peña, quien figura como director de esa seccional, para que haga cumplir la determación judicial al área encargada de dar acatar lo ordenado por el Tribunal (núm. 3 art. 44 C.G.P.).

Segun lo anterior, se hace necesario reprogramar la vista pública para el día 2 de septiembre a las 9:00 a.m. que será celebrada en forma presencial en las instalaciones del Tribunal. NOTÍFIQUESE Y CUMPLASE, 2