REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MONTERÍA SALA PRIMERA DE DECISIÓN CIVIL- FAMILIA - LABORAL Proceso: ACCIÓN DE TUTELA. Radicación: 23417310300120250002401 Folio 093-2025 Accionante: JULIO ENRIQUE CARRASCAL PUENTES- REPRESENTANTE LEGAL DEL PARTIDO POLÍTICO ESPERANZA DEMOCRATICA Accionado: CONSEJO NACIONAL ELECTORAL -C.N.E. Vinculados: MIEMBROS DEL PARTIDO ESPERANZA DEMOCRÁTICA.
Montería, siete (07) de marzo del año dos mil veinticinco (2025) Siendo procedente la impugnación contra el fallo de primera instancia emitido el día 26 de febrero de 2025, por el Juzgado Civil del Circuito de Lórica – Córdoba, dentro de la acción de tutela interpuesta por Julio Enrique Carrascal Puentes- representante legal del partido político esperanza democrática contra el Consejo Nacional Electoral -C.N.E., se
RESUELVE
1. Admitir el recurso incoado y asignar el trámite correspondiente. 2. Tener como pruebas en lo posible las documentales aportadas con la solicitud. 3. Conforme lo ordena el decreto 2591 de 1991, por la vía más expedita, notifíquese de esta providencia a todas las partes en la presente acción constitucional. 4. Anotar la entrada de este asunto en los libros correspondientes y oportunamente vuelva a despacho para decidir.
RADÍQUESE, NOTIFÌQUESE Y CÚMPLASE.