Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310300720240028501 AutoAdmiteRecursoDeApelación

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, quince (15) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Proceso Radicado Demandante Demandado Asunto Sustanciadora Verbal – Responsabilidad civil extracontractual 05001310300720240028501 Santiago Echeverry Marín Diego Alexander Rojas Vera y/o Admite recurso, ordena trámite Piedad Cecilia Vélez Gaviria Realizado el examen preliminar de que trata el artículo 325 del Código General del proceso, se ADMITE en el efecto SUSPENSIVO el recurso de apelación interpuesto por las partes en contra de la sentencia proferida el 31 de julio de 2025, por el Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Oralidad de Medellín. Salvo que se soliciten pruebas oportunamente (arts. 12 Ley 2213 de 2022 y 327 CGP), deberán los apelantes sustentar su recurso, a más tardar, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto, remitiendo su memorial a través de medios tecnológicos y con constancia de haber enviado un ejemplar del mismo a todos los demás sujetos procesales (art. 3º Ley 2213 de 2022).

En tal caso, el traslado de la sustentación se entenderá realizado a los dos (2) días hábiles siguientes al del envío del mensaje, y a partir del siguiente correrá el término de cinco (5) días para que se pronuncien al respecto (parágrafo art. 9º decreto ley ibídem). Atendiendo pronunciamiento de la Sala de Casación Civil de la Proceso Radicado Verbal – Responsabilidad civil extracontractual 05001310300720240028501 Corte Suprema de Justicia,1 se advierte a las partes que el recurso deberá ser sustentado en esta instancia dentro del término legal, so pena de ser declarado desierto.

Los memoriales deberán ser enviados a todos los siguientes correos electrónicos: Secretaría de la Sala Civil: secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Despacho de la Suscrita: des11sctsmed@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE PIEDAD CECILIA VÉLEZ GAVIRIA MAGISTRADA Firmado Por: Piedad Cecilia Velez Gaviria Magistrada Sala 002 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e8b48fdd3c23a08059fcefa6875f176a5fb189b8131eaf62b78cc355ae718359 Documento generado en 15/09/2025 12:53:04 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 STC9311 de 30 de julio de 2024.

Radicación nro. 11001 02 03 000 2024 02574 00. MP Fernando Augusto Jiménez Valderrama.