Rad: 13001310300820220026801 Ejecutivo de MANUEL SALVADOR MONTALVO Vs. NANCY JOSEFINA BELTRÁN REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA CIVIL – FAMILIA Magistrado Sustanciador OSWALDO HENRY ZÁRATE CORTÉS Cartagena de Indias, nueve (9) de marzo de dos mil veintiséis (2026). RADICACIÓN INSTANCIA PROVENIENTE PROCESO DEMANDANTE DEMANDADO ASUNTO 13001310300820220026801 SEGUNDA JUZGADO OCTAVO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA EJECUTIVO CON GARANTÍA REAL MANUEL SALVADOR MONTALVO LAMADRID y OTRO NANCY JOSEFINA BELTRÁN DE ATENCIO ADMITE APELACIÓN DE SENTENCIA De conformidad con el artículo 327 del C.G.P., se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte ejecutada, contra la sentencia de 15 de agosto de 2025, proferida por el Juzgado Octavo Civil del Circuito de Cartagena. a. La parte recurrente deberá sustentar el recurso dentro del término de cinco (5) días, contados desde el día siguiente a aquél en que quede ejecutoriada esta providencia. Para tal fin “deberá sujetar su alegación a desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de primera instancia”, según se desprende del inciso final del artículo 327 del C.G.P. En caso de que se sustente el recurso, la Secretaría correrá traslado a los no apelantes en la forma prevista por el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
“Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto”, conforme señalan los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C.G.P. El recurrente deberá tener en cuenta que según prevé el artículo 109 del C. G. del P., “los memoriales, incluidos los mensajes de datos, se entenderán presentados oportunamente si son recibidos antes del cierre del despacho del día en que vence el término”. b. Los escritos de las partes durante este trámite deberán ser enviados en formato PDF al correo electrónico secsalcivfam@cendoj.ramajudicial.gov.co. c. La fijación de los estados y los traslados podrá ser consultada en el micrositio asignado a la Secretaría de la Sala en la Página Web de la Rama Judicial.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Firmado Por: Oswaldo Henry Zárate Cortés Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar 1 Rad: 13001310300820220026801 Ejecutivo de MANUEL SALVADOR MONTALVO Vs. NANCY JOSEFINA BELTRÁN Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 6d414368843110cf05175633e873a83edf0eea40784b27b0fc9027fc1dbc2f0d Documento generado en 09/03/2026 03:29:45 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2