Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 007. 011-2023-00037-01 (3372)JJV Admisión apelación sentencia ejecutivo h

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Jorge Jaramillo Villarreal

República de Colombia Departamento del Valle del Cauca Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA CIVIL UNITARIA EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTIA REAL Rad.760013103-011-2023-00037-01 (3372) Magistrado Sustanciador: JORGE JARAMILLO VILLARREAL. Santiago de Cali, septiembre cuatro (04) de dos mil veinticuatro (2024) Revisada la apelación presentada por los demandados en contra de la sentencia proferida el 09 de agosto de 2024 por el Juzgado Once Civil del Circuito de Cali, dentro del proceso Ejecutivo para la efectividad de la garantía real adelantado por HILDEBRANDO TREJOS OROZCO y BEATRIZ VILLARREAL YEPES, en contra de DIEGO IVÁN URIBE TOKMAKOV y SVETLANA TOKMAKOV, vistos que los reparos fueron presentados oportunamente, teniendo en cuenta la Ley 2213 del 13 de Junio de 2022 (Por medio de la cual se establece la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 de junio 4 de 2020), se

RESUELVE

1. ADMÍTIR la apelaciones presentadas por la parte demandada en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Once Civil del Circuito de Cali, en la que se ordenó seguir adelante la ejecución (Art. 322 C.G.P. concordante con el Art.12 de la Ley 2213 de 2022). 2. ADVERTIR a las partes que las sustentaciones del recurso y la réplica correspondiente, deben remitirse al correo institucional sscivcali@cendoj.ramajudicial.gov.co en los términos dispuestos en la Ley 2213 de 2022.

NOTIFÍQUESE. JORGE JARAMILLO VILLARREAL Magistrado.