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auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: LCAAutoAdmiteCorreTrasaldo730013105001202400147-01

Sala: SALA LABORAL

Admite (2026-206A) 730013105001202400147-01 (SIUGJ) República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral - Despacho 04 Ibagué, 30 de junio de 2026 Clase de proceso: Juzgado de origen: Parte demandante: Parte demandada: Radicación: Fecha de decisión: Motivo: Tema: Mg. Ponente: Fecha de reparto: Ordinario Laboral.

Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué Darlin Antonio Girón Rivas Ministerio del Trabajo - Consorcio Fondo de Solidaridad Pensional 2022 (2026-206A) 730013105001202400147-01 Auto del 23 de junio de 2026. Recurso de apelación parte demandada. Auto niega el decreto de prueba. Leonardo Corredor Avendaño. 30/06/2026 El asunto. Por cumplir con los requisitos del artículo 65 del C.P.T. S.S. toda vez que recae sobre el auto que negó el decreto de la prueba dirigida a controvertir el dictamen pericial.

Por lo anterior, dispone: 1°. Admitir, el recurso de apelación formulado por el demandado contra el auto proferido el 23 de junio de 2026, por medio del cual, el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Ibagué, negó el decreto de la prueba dirigida a controvertir el dictamen pericial. 2°. De conformidad con el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se corre traslado a las partes para alegar por escrito, por el término de cinco (5) días.

Notifíquese y cúmplase. LEONARDO CORREDOR AVENDAÑO Magistrado Ponente Firmado Por: Leonardo Corredor Avendaño Magistrado Sala 004 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 64ebeeac75c1eb9f92521b218f9a735142a972c6fff65c1e0b08b2916ec474aa Admite (2026-206A) 730013105001202400147-01 (SIUGJ) Documento generado en 30/06/2026 05:04:07 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica