Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 003. 006-2021-00212-02CARS_AutoDevuelveApelacion

Sala: SALA CIVIL

Rad. 76001-31-03-006-2021-00212-02 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA CIVIL Santiago de Cali, trece de junio de dos mil veinticuatro Proceso: Accionante Accionado: Radicación: Verbal John Edward Caviedes Filippt y otros José Robinson Asprilla Rivas 76001-31-03-006-2021-00212-02 Como quiera que en el memorial mediante el cual el demandado expuso los reparos que le hacía a la sentencia de primera instancia, también se está solicitando la terminación del proceso por transacción, se ordena que, por secretaría, se DEVUELVA, de forma inmediata el expediente al juzgado de origen, a efectos de que resuelva sobre dicha petición. Lo anterior, por cuanto al tenor del artículo 328 del C. G. del P., la competencia del Tribunal en este caso se contrae a resolver sobre los reproches que formuló el apelante contra el fallo de primer grado, y es evidente que dicha petición atañe a una cuestión distinta, y de la resolución de la misma pende la continuidad del litigio.

Cúmplase, CARLOS ALBERTO ROMERO SÁNCHEZ Magistrado