Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: AUTO - OBEDECER Y CUMPLIR 13001310500820170021001-1

Sala: SALA LABORAL

CONSTANCIA SECRETARIAL: En la fecha se pasa el expediente del proceso Ordinario Laboral en referencia, el cual regresó de la Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral – donde se encontraba surtiendo recurso de QUEJA. Provea. Cartagena de Indias, veinte (20) de mayo de dos mil veinticinco (2025) ROSELYS MERCADO PÉREZ Secretaria - Sala Laboral REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR ___________________________ SALA DE DECISIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE: Dr(a).

CATALINA DEL CARMEN RAMIREZ VILLANUEVA Cartagena de Indias, veintiún (21) de Mayo de dos mil veinticinco (2025) Tipo de Proceso Radicado Demandante Demandado Ordinario Laboral 13001310500820170021001 JULIUS ALEXANDER KENNETH SIEFKEN OSORIO JOYERÍA CESAREO EL LAGUITO LIMITADA Y OTRO De conformidad con el informe secretarial, RESUELVE:

PRIMERO: OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo resuelto por la Honorable Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, en providencia SL656-2025 en la cual decidió NO CASAR la sentencia proferida el treinta (30) de junio de dos mil veintitrés (2023) por la Sala Segunda de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial. de Cartagena SEGUNDO: Una vez ejecutoriada esta providencia, devuélvase el expediente al Juzgado de origen, previa anotación en los libros, sistemas y en las estadísticas correspondientes.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CATALINA RAMIREZ VILLANUEVA Magistrado (a) Ponente Firmado Por: Catalina Del Carmen Ramirez Villanueva Magistrada Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e45f3d5d4dc26167dd08cdaaee59e7a82327f04c80bd1f96cf5c57b9f853174b Documento generado en 21/05/2025 11:35:09 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica