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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 000-2024-02792-00 DRA AYALA AUTO NIEGA MEDIDA CAUTELAR

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Adriana Ayala Pulgarín

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C. seis (6) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 22 03 000 2024 02792 00. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Se niega la medida cautelar requerida por el recurrente1, consistente en la “suspensión provisional de la diligencia de entrega del bien inmueble” objeto de litigio del proceso en revisión, por cuanto en este tipo de asuntos -la revisión- las únicas cautelas permitidas por el legislador fueron “la inscripción de la demanda y el secuestro de bienes muebles” (art. 360 del CGP).

Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 6a983d53ca4ce64c4c96c312874a4366bfda35e3845058909841733fd98f35cd Documento generado en 06/10/2025 04:48:06 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 Cfr. PDF 035 – Cuaderno Tribunal.