Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 019-2016-00845-03 DR CHAVARO ADMITE SUSPENSIVO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., veintiséis (26) de junio de dos mil veinticinco (2025) Proceso Demandante Demandados Radicado Instancia Decisión Pertenencia Elsa Mireya Cadena Vega Alfonso Peña Castro y otros 11001 31 03 019 2016 00845 03 Segunda instancia – apelación sentencia Admite recurso De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra de la sentencia proferida el 7 de abril de 2025, por el Juzgado 19 Civil del Circuito de Bogotá. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberá sustentarse el recurso a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal1, atendiendo lo estatuido por el precepto 109 del compendio procesal, so pena de declararse desierto.

Presentada en oportunidad la sustentación, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Exp. 11001 31 03 019 2016 00845 03 Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b9af1bed41b175e42fe5fa63a1f75a609cdc0adcc50e9ba3c316bb038c00ae43 Documento generado en 26/06/2025 11:53:42 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica