Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 08. 13001310300620240007501 Auto Declara Desierto

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

PROCESO: PERTENENCIA RADICADO: 13001310300620240007501 DEMANDANTE: JORGE ELIECER ROCHA ACOSTA DEMANDADO: MARINA BESADA DE GUERRERO E INDETERMINADOS PROVIDENCIA: AUTO DECLARA DESIERTO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA DE DECISIÓN CIVIL – FAMILIA MAGISTRADO SUSTANCIADOR: DR. JOSÉ EUGENIO GÓMEZ CALVO Cartagena de Indias, cuatro (4) de febrero de dos mil veinticinco (2026) 1.

Por auto del 19 de enero de 2026 se admitió el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, por Jorge Eliecer Rocha Acosta en contra de la sentencia del 15 de diciembre de 2025 proferida por el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Cartagena. En dicha providencia se concedió a el recurrente el término de 5 días para que sustentara la alzada.

Así mismo, se advirtió expresamente lo siguiente: “si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto”, conforme señalan los artículos 12 de la ley 2213 de 2022 y 322 del C.G. del P. El auto del 19 de enero de 2026 fue notificado mediante el Estado N°005 de 20 de enero de 2026. Al vencer el término de 5 días para sustentar la alzada el 30 de enero de 2026, la parte demandante no emitió pronunciamiento alguno, tal como se evidencia en la constancia secretarial del 02 de febrero de 2026. 2.

En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en las normas citadas, se declara DESIERTO el recurso de apelación formulado por la parte demandante contra la sentencia del 15 de diciembre de 2025 proferida por el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Cartagena, dentro del presente proceso pertenencia adelantado por Jorge Eliecer Rocha Acosta en contra de Marina Besada De Guerrero E Indeterminados 3.

En firme esta providencia, DEVUÉLVASE el expediente al Juzgado de origen, previas las anotaciones del caso.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JOSÉ EUGENIO GÓMEZ CALVO Magistrado Sustanciador Firmado Por: Jose Eugenio Gomez Calvo Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 PROCESO: PERTENENCIA RADICADO: 13001310300620240007501 DEMANDANTE: JORGE ELIECER ROCHA ACOSTA DEMANDADO: MARINA BESADA DE GUERRERO E INDETERMINADOS PROVIDENCIA: AUTO DECLARA DESIERTO Código de verificación: 23ad76f6a5ddbfd992a7f76854d7b16d4db5597d03e28b53c3f1d4a48c7847d8 Documento generado en 04/02/2026 02:03:33 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica