República de Colombia Departamento Norte de Santander Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA SALA CIVIL FAMILIA Magistrado Sustanciador: YAMITH RIAÑO SÁNCHEZ EXPEDIENTE: 54001-3153-001-2017-00293-05 RADICADO INT. 2025-00168-05 DEMANDANTE: CARLOS IVÁN OVALLES DEMANDADO: LUIS ABELARDO RIOS VALENCIA Verbal - Resolución de Contrato Cúcuta, veintinueve (29) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Efectuado el examen preliminar de que trata el artículo 325 del Código General del Proceso, se evidencia que se cumplen los requisitos para la concesión del RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la apoderada judicial de la parte demandada respecto de la sentencia dictada el 17 de marzo de 2025, por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA, dentro del proceso Verbal promovido por CARLOS IVAN OVALLES, en contra de LUIS ABELARDO RIOS VALENCIA, por esta razón el suscrito Magistrado, LO ADMITIRÁ, en el efecto SUSPENSIVO.
Ahora, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 del año 2022, se advierte a la parte apelante que, ejecutoriado el presente auto, deberá sustentar el recurso de apelación dentro de los cinco (5) días siguientes, vencidos los cuales, se correrá traslado a la parte contraria por el mismo término. Para el efecto antes descrito, se hace saber a los apoderados judiciales de las partes, que deberán remitir sus escritos al correo electrónico 1 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta Sala Civil Familia Rdo.
Interno 2025-00168-05 secscfamtscuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, correspondiente a la secretaría de la Sala Civil Familia de esta Corporación, dependencia que, en lo pertinente, dará aplicación a lo señalado en el parágrafo del artículo 9º de la mencionada Ley.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. YAMITH RIAÑO SÁNCHEZ Magistrado 2