República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Especializada de Extinción de Dominio MAGISTRADO PONENTE: WILLIAM SALAMANCA DAZA Radicado: Procedencia: Demandante: Accionados: Vinculado(s): Derechos: Tutela 110012215000202600092 00 Secretaría General - Tribunal Superior de Bogotá Jairo Antonio Vargas Buitrago como representante legal de SEGURIDAD DINCOLVIP LTDA Dirección Ejecutiva de Administración Judicial – División de Fondos Especiales Juzgado 25 Civil del Circuito de Bogotá D.C. Grupo de Fondos Especiales de la Unidad de Presupuesto de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura Banco Agrario Partes e intervinientes del proceso 11001310302520010069501 Debido proceso y Acceso a la administración de justicia Bogotá D. C., Veintisiete (27) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Las diligencias fueron asignadas por reparto, a través de la Secretaría General de la Corporación a la que pertenece el suscrito Magistrado.
El accionante se queja que, a pesar de que el Juzgado 25 Civil del Circuito de Bogotá ordenó la reactivación del título 400100000212691, dentro del proceso 11001310302520010069501, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial – División de Fondos Especiales negó la postulación, por cuanto había operado la prescripción. Acudió por ello a la tuición con diversas postulaciones.
Esta Corporación tiene vocación para conocer del asunto por expreso mandato del numeral 10º del Decreto 333 de 2021, así como el artículo 2 del Acuerdo PCSJA18-10919 del 22 de marzo de 2018, por cuanto la acción se dirige contra una autoridad administrativa en ejercicio de funciones jurisdiccionales, conforme al artículo 116 de la Constitución Política.
Visto lo anotado se dispone: i.) AVOCAR el conocimiento de la demanda; ii.) En consecuencia, se ORDENA que por Secretaría de la Sala se NOTIFIQUE de su vinculación a este asunto a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial – División de Fondos Especiales, al Juzgado 25 Civil del Circuito de Bogotá D.C., al Grupo de Fondos Especiales de la Unidad de Presupuesto de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, al Consejo Superior de la Judicatura, al Consejo Seccional de la Judicatura y al Banco Agrario; iii).
VINCULAR, a través del Juzgado 25 Civil del Circuito de Bogotá D.C., a la totalidad de partes e intervinientes del proceso 11001310302520010069501. De lo anterior, la autoridad judicial deberá rendir informe; iv.) CORRÁSELES traslado de la demanda y sus anexos; v.) CONFIÉRASELES el término de un (1) día para el ejercicio de la contradicción; como quiera que el gestor en sus pretensiones relaciona el procedimiento identificado con la radicación No. 11001310302520010069501, se dispone que el Secretario de la Sala, FIJE AVISO en el sitio de internet que administra, convocando a las partes, intervinientes e interesados en ese expediente, para que si lo estiman, dentro del mismo lapso, intervengan en procura de sus derechos, en relación exclusiva con la 2 República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala de Extinción de Dominio Radicado: 110012215000202600092 00 Accionado: Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.
Accionante: Seguridad Dincolvip Ltda postulación de Jairo Antonio Vargas Buitrago, representante legal de SEGURIDAD DINCOLVIP LTDA, relativa a la reactivación del título 400100000212691; y vi). REQUERIR a Jairo Antonio Vargas Buitrago, representante legal de SEGURIDAD DINCOLVIP LTDA, para que en el lapso de un (1) día aporte: auto del 12 de noviembre de 2025; auto del 15 de agosto de 2025; decisión del 13 de junio de 2024, a través de la que se declaró la prescripción del título; reclamación presentada ante la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y su respectiva respuesta.
COMUNÍQUESE lo resuelto por el medio más expedito a la parte demandante.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE WILLIAM SALAMANCA DAZA Magistrado