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auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 1)2022-00090-01AdmiteApelacion

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Tribunal Superior de Buga Sala Civil Familia Guadalajara de Buga, siete (7) de abril de dos mil veinticinco (2025) Referencia: Proceso verbal de declaración de existencia, disolución y liquidación de sociedad civil de hecho propuesto por Clara Isabel Lemos Tobón contra Paula Andrea Rendón Amaya en nombre propio y como representante de su menor hijo Nicolás Lemos Rendón; los señores Mateo Lemos Rendón, Esteban Lemos Quintero, Camilo Lemos Giraldo en calidad de herederos del señor Marco Antonio Lemos Chávez y los herederos indeterminados del señor Marco Antonio Lemos Chávez Radicación: 76-147-31-03-001-2022-00090-01 Instancia: Apelación de Sentencia Ponente: María Patricia Balanta Medina Cumplida la revisión preliminar al expediente como bien lo anuncia el artículo 325 del Código General del Proceso, sin que se adviertan causales de nulidad u otros vicios que puedan afectar la validez de la actuación, SE ADMITE en el efecto suspensivo el recurso de apelación formulado por la demandante Clara Isabel Lemos Tobón contra la sentencia n.° 023 del 26 de marzo de 2025 proferida por la juez primera civil del circuito de Cartago.

Conviene advertir que la apelante tiene la carga de sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria del presente auto, para evitar la consecuencia de su deserción, según lo dispone el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Notifíquese. Firmado Por: Maria Patricia Balanta Medina Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Guadalajara De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 389903b0efbe81cfeaafef777a1854dfa5b272aa95124a497b603327044b1b6a Documento generado en 07/04/2025 10:45:59 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica www.ramajudicial.gov.co