REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veinticuatro (24) de abril de dos mil veintiséis (2026) Proceso N.° Clase: Demandante: Demandado: 110013103011202400519 01 IMPUGNACIÓN ACTAS ASAMBLEA ADRIANA LUCÍA SÁNCHEZ SIERRA CONJUNTO RESIDENCIAL CIUDAD FAVIDI MV 11 Con fundamento en los artículos 322 (incisos 2° y 3º del numeral tercero), 323 (numeral primero) y 327 (último inciso) del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto suspensivo, la apelación que la copropiedad demandada impetró contra la sentencia que el 3 de septiembre de 2025 profirió el Juzgado 11 Civil del Circuito de esta ciudad, mediante la cual, en síntesis, declaró la nulidad de las decisiones adoptadas en la asamblea extraordinaria del Conjunto Residencial Ciudad Favidi MV11, realizada el 29 de septiembre de 2024.
En oportunidad, la secretaría controlará los traslados de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 para que la apelante sustente su alzada y su contraparte eventualmente la descorra, luego de lo cual el asunto ingresará al despacho para resolver lo pertinente. So pena de los efectos procesales correspondientes, la sustentación de la alzada admitida versará, únicamente, sobre los reparos concretos que se presentaron contra el fallo de primer grado, conforme lo regula el precepto en cita y la jurisprudencia (CSJ.
SC3148-2021 y STC12927-2022). Las partes harán llegar sus respectivos escritos al correo electrónico de la secretaría: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE El magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: daa8cbb33e23c33a8d29257de55fc7184b5e7278e7fdf16461b772d80c14ddf9 Documento generado en 24/04/2026 04:11:01 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2