REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA DE FAMILIA Santiago de Cali, veinticinco (25) de junio de dos mil veintiséis (2026) Proceso Demandante Demandado Radicado Decisión DIVORCIO JOSÉ DAVID RAMÍREZ GLORIA PATRICIA CARVAJAL BURGOS 76-001-31-10-010-2024-00450-01 CORRIGE PROVIDENCIA Magistrado Ponente: FRANKLIN TORRES CABRERA Visto el asunto de la referencia, advierte el Despacho que la parte demandante solicitó la corrección de la providencia proferida por esta Magistratura el 26 de enero de 2026, al indicar que en ella: “Se decide el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el apoderado judicial del demandante contra la sentencia proferida por el Juzgado Décimo de Familia de Oralidad de Cali, dentro del proceso declarativo verbal de DIVORCIO promovido por la señora José David Ramírez en contra Gloria Patricia Carvajal Burgos.” Verificado el expediente, se advierte que, tal como lo refiere el solicitante, el recurso de apelación fue interpuesto por la señora GLORIA PATRICIA CARVAJAL BURGOS, en calidad de parte demandada, y no por la parte demandante, como erradamente se indicó en la providencia. Ahora, si bien a criterio de esta Magistratura dicha imprecisión no constituye un yerro con la entidad suficiente para alterar el sentido de la decisión adoptada, ni repercute de manera directa en lo resuelto, lo cierto es que, en aras de garantizar la claridad procesal, se accederá a la solicitud de aclaración propuesta en este aspecto.
En mérito de lo expuesto, la SALA DE DECISIÓN CUARTA DE FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI, “Administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por mandato de la Constitución”. VI.
RESUELVE
PRIMERO: ACLARAR la providencia del 26 de enero de 2026 proferida por esta Sala, en el sentido de establecer que la alzada propuesta fue en virtud de recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial de la señora Gloria Patricia Carvajal Burgos y no por la parte demandante como erradamente se refirió en la parte inicial de dicha providencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Firmado Por: Franklin Ignacio Torres Cabrera Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 De Familia Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Oscar Fabian Combariza Camargo Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 De Familia Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Claudia Consuelo Garcia Reyes Magistrada Sala De Familia Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8cda5ec0f6b86c322e1d6524c16805a6b701caab7de70f0343a9aa9c2784d3c5 Documento generado en 25/06/2026 03:11:36 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2