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auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 004. 014-2021-00204-01JAVP AdmiteApelación

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Jurisdicción Ordinaria Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali Sala Civil REFERENCIA COMPLETA: Radicación Única Nacional: 76001-31-03-014-2021-00204-01 Radicación interna: 5738 Clase de Proceso: R.C.E. Demandante: Fernando Salazar y Otros Demandados: Compañía Mundial de Seguros S.A. y Otros Procedencia: Juzgado Catorce Civil del Circuito de Cali Motivo: Admite Apelación Magistrado Sustanciador: JULIÁN ALBERTO VILLEGAS PEREA.

Santiago de Cali (V), veintiuno (21) de octubre del dos mil veinticinco (2025). El Juzgado Catorce Civil del Circuito de Cali concedió el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante y la demandada Compañía Mundial de Seguros S.A., en contra de la sentencia del 12 de septiembre del 2025, proferida dentro del proceso de la referencia. En vista de lo anterior, y teniendo en cuenta que los mencionados recursos cumplen con las formalidades previstas por el artículo 322 del C.G.P., este Despacho procede a ADMITIRLOS.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C.G.P., en firme la admisión del recurso, CONCÉDASE A LOS APELANTES el término de cinco (5) días para que sustenten ante esta Corporación la alzada conforme los reparos concretos expuestos ante el juez de primera instancia, so pena de tenerse por desierto su recurso.

Vencido el término anterior, de las sustentaciones, CÓRRASE 76001-31-03-014-2021-00204-01 TRASLADO a la parte contraria por el término de cinco (5) días para que se pronuncie sobre la misma. Vencido tal término se proferirá sentencia escrita que se notificará por estado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El Magistrado, JULIÁN ALBERTO VILLEGAS PEREA Firmado Por: Julian Alberto Villegas Perea Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f72e55cd20a8455fdfdb3c7208fb6f843763971676bd53a191f20d8a93b58547 Documento generado en 21/10/2025 04:34:00 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 76001-31-03-014-2021-00204-01