REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SANTA ROSA DE VITERBO SALA ÚNICA PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACIÓN LEY 1128 de 2007 RADICACIÓN: PROCESO: ORIGEN: PROVIDENCIA: DEMANDANTE: DEMANDADO: M. SUSTANCIADOR: 157593105001202200166 01 ORDINARIO LABORAL JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE SOGAMOSO ADMITE APELACIÓN Y CONSULTA MARTHA YOLANDA ÁVILA PIÑEROS COLPENSIONES JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL Sala Unitaria de decisión Santa Rosa de Viterbo, jueves, treinta (30) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) La primera instancia concedió la apelación interpuesta por los apoderados judiciales de la parte demandante Martha Yolanda Ávila Piñeros y demandada Colpensiones en contra de la sentencia de 23 de mayo de 2024, expedida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Sogamoso, por lo que se admitirá el presente trámite.
Ahora bien, el artículo 69 del Código Procesal del Trabajo establece los casos en que procede el grado jurisdiccional de consulta y en su inciso tercero dispone “También serán consultadas las sentencias de primera instancia cuando fueren adversas a la Nación, al Departamento o al Municipio o a aquellas entidades descentralizadas en las que la Nación sea garante.
En este último caso se informará al Ministerio del ramo respectivo y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público sobre la remisión del expediente al superior”, atendiendo a que la sentencia fue desfavorable a los intereses de Colpensiones se tramitara de oficio el grado jurisdiccional de consulta. En consecuencia, esta Sala Unitaria, 157593105001202200166 01 RESUELVE:
PRIMERO: Admitir el recurso de apelación interpuesto por los apoderados judiciales de la parte demandante Martha Yolanda Ávila Piñeros y demandada Colpensiones en contra de la sentencia de 23 de mayo de 2024, expedida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Sogamoso proferida dentro del proceso de la referencia.
SEGUNDO: Tramitar de oficio el grado jurisdiccional de consulta de la sentencia del 23 de mayo de 2024, proferida dentro del proceso ordinario laboral con radicado 157593105001202200166 01 que cursó en el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Sogamoso. Notifíquese y cúmplase, JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL Magistrado Sustanciador 2