REPUBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA CIVIL Magistrada Dra. ANA LUZ ESCOBAR LOZANO Santiago de Cali, veinticinco (25) de agosto de dos mil veinticinco (2025) En memorial que antecede el apoderado de los demandantes Elcy Yaneth Vásquez Chicué, Cristian Eduardo Benavides y Alejandro Benavides Vásquez presentó escrito de “IMPULSO PROCESAL tendiente a que se lleve a cabo FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA” dentro del proceso iniciado por ellos contra el Instituto Para Niños Ciegos y Sordos del Valle Del Cauca, en el que se llamó en garantía a Seguros del Estado S.A. Al efecto se le informa al togado que el proceso se encuentra a despacho para dictar sentencia desde el 10 de abril de 2025, una vez cobró ejecutoria el auto que prorrogó el término para fallar hasta por seis (6) meses a partir de tal fecha -abril 10 de 2025- conforme al artículo 121 del C.G.P., el que aún no ha fenecido.
La sentencia se dictará en el orden cronológico de turnos según el ingreso del mismo a despacho, tal como lo dispone el artículo 26 de la ley 2430 de 2024- PLEAJ- en concordancia con la jurisprudencia constitucional, entre otras la C-248 de 1999-, teniendo en cuenta que según esa norma y el artículo 98 de la misma, no es uno de los casos que se excluyen de tal orden ni de los que tengan prelación, como sucede además, respecto de todas las acciones constitucionales -v gr, tutelas, habeas corpus, acciones populares, entre otras.
ANA LUZ ESCOBAR LOZANO Magistrada RAD. 76001-3103- 010-2023-00002-02 (24-215)