Radicado No.: 73001-31-05-004-2023-00287-01 Asunto: Proceso ordinario laboral - apelación sentencia Demandante: Misday Acero Guerrero Demandado: Mónica del Pilar González y otra. REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA Sala Quinta de Decisión Laboral Radicado No.: Demandante: Demandada: Asunto: 73001-31-05-004-2023-00287-01 Misday Acero Guerrero Mónica del Pilar González Villa y otra Ordinario apelación sentencia Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Ibagué, ocho (8) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Por ser procedente y haberse sustentado, se admite el recurso de apelación interpuesto por las demandadas a través de sus apoderados contra la sentencia proferida el 22 de octubre de 2024 por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Ibagué. Se corre traslado para alegar por escrito por el término de cinco (5) días para la parte apelante, vencidos los cuales, empieza a correr el término de traslado por cinco (5) días para el no recurrente.
Se requiere a las partes para que den cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 14 y 15 del artículo 78 del Código General del Proceso, enviando a los correos electrónicos respectivos, copia de los alegatos presentados en formato PDF, los cuales deberán limitar las transcripciones o reproducciones de citas doctrinales y jurisprudenciales a las que sean estrictamente necesarias para la adecuada fundamentación de su alegato.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 08d2509da9414aed506af487fe00eb3be28bb142282a197f4aac7670f941f285 Documento generado en 08/11/2024 04:46:21 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica