Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05088 31 05 002 2025 00093 01 Apelacion sentencia

Sala: SALA LABORAL

REFERENCIA: RADICACIÓN: DEMANDANTE: DEMANDADO: PROCESO ORDINARIO LABORAL 05088 31 05 002 2025 00093 01 MARÍA EUGENIA JIMÉNEZ BETANCUR ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES LITISCONSORTE CLAUDIA LUCIA PÉREZ LÓPEZ NECESARIO: Medellín, dos (2) de febrero de dos mil veintiséis (2026). AUTO Verificadas las actuaciones que anteceden, conforme lo establece el art. 82 del CPTSS, se dispone ADMITIR el(os) recurso(s) de apelación interpuesto(s) contra la sentencia proferida el 29 de enero de 2026 por el Juzgado 2° Laboral del Circuito de Bello.

De otro lado, conforme con el art. 13 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriada dicha decisión, se ordena, en forma inmediata CORRER TRASLADO a las partes por el término de cinco (5) días a cada una, iniciando por el(os) apelante(s) de manera conjunta y siguiendo por las demás partes, a fin de que presenten sus alegaciones por escrito, mismas que deberán ser remitidas exclusivamente al correo electrónico: seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Por secretaría regresen las diligencias al despacho una vez surtidos los traslados respectivos, con el objeto de emitir la decisión de segunda instancia por escrito.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, LUZ PATRICIA QUINTERO CALLE Magistrada (*) Hipervínculo de consulta de expediente digitalizado: https://etbcsjmy.sharepoint.com/:f:/g/personal/des17sltsmed_cendoj_ramajudicial_gov_co/IgB43wtrm27vT 68hmqFFd6kwAWA_iSg-Yp-rE2anzrFlk64?e=NwcEr8 Firmado Por: Luz Patricia Quintero Calle Magistrada Sala 017 Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9cd3d5ab22f8743b7c7d01787fd21417fd6e83f3e3544bb042554e45e9f870ea Documento generado en 02/02/2026 10:48:35 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica