República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. Sala Civil de Decisión Magistrada Sustanciadora SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Diecinueve (19) de junio de dos mil veinticuatro (2024) 000 2024 00556 00 1. Previo a resolver sobre la admisión del recurso extraordinario de revisión interpuesto por el señor Juan Bautista Calderón Sanabria, se requiere al Juzgado 11 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de esta ciudad, para que en el plazo de diez (10) días remita el expediente digital del proceso ejecutivo promovido por Financiera Compartir S.A. – MiBanco S.A.contra Ana Delly Muñoz, cuyo radicado corresponde al No. 11001 40 03 058 2010 00567 00, que se tramitó en esa sede judicial y en el que el censor acumuló una demanda ejecutiva.
Por secretaría ofíciese la determinación aquí adoptada. 2. De no hallarse en medio magnético el proceso y encontrarse pendiente la ejecución de la sentencia allí emitida, el recurrente deberá suministrar las expensas necesarias para que se logre su reproducción digital en el término precitado, so pena de declarar desierto el mecanismo impetrado. 3.
De otra parte, en atención a que en auto de 8 de abril anterior se requirió el cumplimiento de lo ordenado en el inciso 4º del artículo 6º de la Ley 2213 de 2022, para que se acreditara la remisión de la demanda de revisión a la parte convocada y, bajo ese tenor, únicamente se envió a la ejecutada en el proceso ejecutivo, se estima que el recurrente debió remitir la reproducción de esas piezas al Juzgado atacado, así como a los intervinientes en esa actuación. Para ello, al señor Juan Bautista Calderón Sanabria se le concederá el lapso de cinco (5) días.
NOTIFÍQUESE, SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Magistrada Firmado Por: Sandra Cecilia Rodriguez Eslava Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fea26d72070365f9e02da6530a167966a03188caa479bfbccd8e2460454844e3 Documento generado en 19/06/2024 04:50:25 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 000 2024 00556 00