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auto — Tribunal Superior de San José del Guaviare

Radicado: 95001318900120150014401 Auto reconoce personería - Requiere ICBF

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ DEL GUAVIARE SALA ÚNICA DE DECISIÓN Magistrado ponente: Félix Andrés Suárez Saavedra Radicado: 95001318900120150014401 Proceso Ordinario Laboral Demandante María Del Carmen Godoy Ruiz, Cecilia Del Socorro López Arbeláez, María Victoria Romero Sánchez, Nasly Norely Guerra Sanabria, Sandra Milena Palacios Ibarguen, Ana Floria Palacios Murillo, Claudia María Cortes Franco Y Anatulia Bautista Espitia.

Demandado Administración Pública Cooperativa De Departamentos Y Municipios De Colombia, Corporación Forjar Colombia, Instituto Colombiano De Bienestar Familiar – ICBF, Municipio De Retorno, Calamar y Miraflores, Guaviare Instancia Segunda Decisión Reconoce personería apoderado – Acepta renuncia San José del Guaviare, veintiuno (21) de julio de dos mil veinticinco (2025).

Reconózcase a la profesional del derecho Diana Karina Núñez Gutiérrez, identificada con la c.c. 1 120 559 405, poseedora de la tarjeta profesional de abogada 241 308 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura1, como apoderada 1 Vigente según el Certificado 985153 del día 21 de julio de 2025, expedido por la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia. especial del municipio de Calamar, Guaviare, según el memorial poder allegado por el señor alcalde municipal.

Por otra parte, el profesional del derecho, William Castañeda Chavarro2, presentó memorial poder para la representación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, sin embargo, días después y antes de reconocérsele personería, presentó un escrito en el que renunciaba al poder conferido. Por lo anterior se requerirá a la entidad Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para que procedan a designar un representante judicial dentro de esta causa.

COMUNÍQUESE FÉLIX ANDRÉS SUÁREZ SAAVEDRA Magistrado Firmado Por: Félix Andrés Suárez Saavedra Magistrado Tribunal Superior De San Jose Del Guaviare - Guaviare Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 78f140eed2290434f2667029b0f53ccaa33cbcd6745e51bb029938e49ac81837 Documento generado en 21/07/2025 11:04:07 AM 2 Identificado con la c.c. 96 601 634 y T.P. 389 934.

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