TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Ponente. Bogotá D.C., diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Verbal – Responsabilidad Civil. 110013103 005 2021 00179 01 Víctor Julián Estupiñán Castaño y otros. Coomotor Ltda., y otros. Proceso: Radicación N.°: Demandante: Demandado: Visto el «contrato de transacción» aportado por la apoderada judicial de la Equidad Seguros Generales O.C. [015AporteContratoFirmado.pdf, cuaderno Tribunal], y comoquiera que una vez el mismo fue puesto en conocimiento de las partes, no existió réplica alguna, se advierte que la solicitud de terminación presentada por la mentada parte [013SolicitudTerminacionProceso.pdf, ibídem], reúne las exigencias establecidas en el canon 312 del Código General del Proceso, a ella se accederá, sin que haya lugar a condena en costas (art. 312, inciso 4, del C.G.P.).
Por lo expuesto en precedencia, la Magistrada Ponente del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., Sala Civil,
RESUELVE
PRIMERO: ACEPTAR la transacción celebrada entre los reclamantes y la aseguradora aludida, con anuencia del representante legal de Coomotor Ltda., señor Armando Cuellar Arteaga SEGUNDO: en consecuencia, DECRETAR LA TERMINACIÓN del presente juicio, en concomitancia con lo dispuesto en el precepto 312 ejusdem. Rad. 110013103 005 2021 00179 01 TERCERO: SIN CONDENA en costas.
CUARTO: DEVOLVER las diligencias al despacho de origen, una vez ejecutoriada la presente decisión, por Secretaría de la Sala Civil de esta Corporación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 451190a1e061ae3b6fbda709423830b4570d3c233ff08954082512ad65055b40 Documento generado en 17/09/2025 12:12:06 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica