Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05266310300320210009602 AdmiteRecursoApelación

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, 27 de febrero de 2026 En el efecto DEVOLUTIVO, se admite el recurso de apelación interpuesto por la codemandada AVAL FIDUCIARIA S.A., contra la sentencia proferida por el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE ENVIGADO, en el proceso Verbal instaurado por CESAR AUGUSTO ALARCÓN DÁVILA, contra el GRUPO MONARCA S.A. en reorganización, y Fiduciaria Corficolombiana S.A. en nombre propio y como vocera del patrimonio autónomo FIDEICOMISO SALAMANDRA. Se corre traslado a la parte recurrente por el término de cinco (5) días, para que sustente el recurso de apelación, únicamente sobre los reparos que oportunamente formuló contra la sentencia de primer grado y que son objeto del recurso de apelación, con la advertencia de que, el término concedido comenzará a correr a partir de la ejecutoria de esta providencia. Vencido el traslado, en cuanto fuere menester, por la Secretaría se correrá traslado por igual término a la contraparte para que se pronuncie.

NOTIFÍQUESE LUIS ENRIQUE GIL MARÍN MAGISTRADO A.I. No.050 Rdo: 05001-31-03-008-2020-00006-02