Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 05 I376-Admite2023-00078

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada sustanciadora Auto Interlocutorio N° 376 Expediente No. 76-111-31-05-001-2023-00078-01 Guadalajara de Buga, veintiséis (26) de septiembre de dos mil veinticinco (2025). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la demandada SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS Y DEL COMPONENTE COMPLEMENTARIO DE AHORRO INDIVIDUAL PORVENIR S.A. y por las integradas LA NACIÓN – MINISTERIO DE HACIENDA y DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA contra la Sentencia N° 0065 del 5 de agosto de 2025, proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Guadalajara de Buga (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral de Primera Instancia promovido por JAIME TRÓCHEZ GALEANO contra SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS Y DEL COMPONENTE COMPLEMENTARIO DE AHORRO INDIVIDUAL PORVENIR S.A. Trámite al que fueron vinculadas LA NACIÓN – MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO – OFICINA DE BONOS PENSIONALES, DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA Y HOSPITAL LOCAL DEL MUNICIPIO DE YOTOCO ESE en calidad de integradas.

Así mismo, en atención a lo establecido en artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se procede a ordenar el traslado a las partes para que presenten sus alegatos de conclusión, iniciando por la parte recurrente por el término de cinco (5) días hábiles y continuando sucesivamente por los no recurrentes por otros cinco (5) días hábiles.

Finalizado el traslado, regrese el proceso al despacho para proferir por escrito la sentencia correspondiente. De otro lado, atendiendo lo dispuesto en el artículo 54 del C.P.T y S.S, el cual reviste de facultades oficiosas al juez laboral, se ORDENA a SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS Y DEL COMPONENTE COMPLEMENTARIO DE AHORRO INDIVIDUAL PORVENIR S.A. remita copia de la historia laboral actualizada del señor Jaime Tróchez Galeano, dentro del término de tres (03) días.

Notifíquese en Estado. Firma Electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e85df3ead9f924f3f81e1780016f1f83f55155645e1fb49e9a7d8299f3b8c5cb Documento generado en 26/09/2025 01:46:06 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica