TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL ÁREA CONSTITUCIONAL MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Ponente Bogotá D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Proceso: Demandante: Demandado: Radicación: Procedencia: Asunto: Verbal – Entrega del tradente al adquirente Fiduciaria BNC S.A. Fidubnc S.A Francisco Luis Gómez y hermanos Almacenes el Lobo 110013103010199807501 13 Juzgado 10° Civil del Circuito de Bogotá Apelación de auto Teniendo en cuenta que, en Sala de 25 de septiembre de 2024, la H. Magistrada Ruth Elena Galvis Vergara, rotó el respectivo proyecto para zanjar el recurso de alzada propiciado por la señora Luz Stella Jaramillo Muñetón, contra el auto del 15 de junio de 2023, mediante el cual se negó la oposición a la entrega de los inmuebles identificados con los folios de matrícula inmobiliaria 50C-240333 y 50C-104082, y que la suscrita, como integrante de la Sala Tercera de Decisión de esta Colegiatura, debe conocer del asunto, manifiesto que, de conformidad con la causal de impedimento dispuesta en el numeral 4° del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), que a la letra reza «4.
Que el funcionario judicial haya sido apoderado o defensor de alguna de las partes, o sea o haya sido contraparte de cualquiera de ellos, o haya dado consejo o manifestado su opinión sobre el asunto materia del proceso» (resaltado fuera del texto original), ME DECLARO IMPEDIDA para conocer del litigio del epígrafe, por las razones que en seguida se compendian: i) Porque mediante proveído del 23 de octubre de 2019, como Magistrada Sustanciadora, mantuve incólume el auto de 1° de septiembre de 2017, a través del cual se negó la oposición al secuestro presentada por la señora Luz Stella Jaramillo Muñeton, respecto de los inmuebles identificados con los folios de matrícula inmobiliaria 50C-240333 y 50C-104082, en el marco del litigio divisorio identificado con el consecutivo 11001 3103 035 2013 00218 02, iniciado por Bienes & Leyes Ltda contra Almacenes Generales de Depósito BIC y otros. ii) Porque, en el presente pleito, aun cuando la naturaleza y los extremos procesales son distintos, se analiza, nuevamente, una oposición presentada por la mentada señora Jaramillo Muñeton, frente a las heredades atrás enlistadas, por lo que, en últimas, ya emití «opinión sobre el asunto materia del proceso».
Puestas de ese modo las cosas, ingrese el expediente al despacho del H. Magistrado que sigue en turno, para el trámite de rigor.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE La Magistrada, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2167e6f23a74f1e2e39de0ff59701709e5842f672efa1cd3d983ab488dd991b6 Documento generado en 26/09/2024 05:16:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2